La mejor alternativa al aval bancario.

El seguro de caución es un tipo de seguro a través del cual el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado por cualquier perjuicio que este pueda sufrir, si el tomador del seguro incumple con las obligaciones legales o contractuales que pueda tener con este. En caso de que el tomador incumpla dichas obligaciones, la aseguradora indemnizará al beneficiario (asegurado) por los perjuicios económicos sufridos. Este tipo de seguro actúa como una alternativa al aval bancario tradicional, ofreciendo la misma seguridad de cobro al beneficiario.

Ventajas del seguro de caución

No computa riesgo en CIRBE

No consume capacidad de crédito bancario.

Aumento de la capacidad crediticia

Facilita mantener otras líneas de financiación

No se inmovilizan recursos financieros

Sin depósitos pignorados ni bloqueos de tesorería.

Sin comisiones de estudio

Coste acotado a la prima, sin gastos adicionales de estudio

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Documentación mínima requerida

Estados Financieros de las tres últimas anualidades

Avance del año en curso

Cartera de obras (proyectos/contratos en curso)

¿Por qué elegir DUAL?

La experiencia marca la diferencia

Décadas de experiencia en suscripción de fianzas nos permiten anticiparnos y resolver problemas antes de que afecten a su negocio.

Agilidad y rapidez

Cuando el tiempo apremia, puede contar con nosotros. Nuestra estructura plana y procesos optimizados permiten una toma de decisiones ágil.

Especialización técnica

Contamos con un equipo de especialistas con amplios conocimientos técnicos, garantizando un servicio eficiente y de calidad.

Capacidad con calificación

Respaldados por nuestro partner AVIVA, con una calificacion AA- según el ranking S&P

Preguntas frecuentes sobre el seguro de Caución

Cumple la misma finalidad (garantizar obligaciones), pero no computa en CIRBE, no inmoviliza recursos y no aplica comisiones de estudio. Para el beneficiario, actúa como una garantía de cobro si el tomador incumple.

Principalmente las recogidas en el contrato: licitación, cumplimiento, anticipo, mantenimiento y acceso/conexión, según el tipo de proyecto.

El tomador es la empres que debe cumplir la obligación (quién contrata la póliza). El beneficiario es la parte a la que se debe la obligación (por ejemplo, Administracion o cliente)

Las tres últimas anualidades, el avance del ejercicio en curso y la cartera de obras. Con ello se analiza el riesgo y se define la garantía adecuada.

De forma habitual en obras, suministros y servicios, tanto en entornos públicos como privados, cuando el contrato exige una garantía de cumplimiento.

El beneficiario reclama conforme al contrato y a la garantía emitida. Si procede, la aseguradora indemnizará hasta el límite garantizado establecido en la póliza.

Recursos

Contacta con nosotros

¿Necesita emitir un seguro de caución para licitación, cumplimiento, anticipo, mantenimiento o acceso/conexión? Cuéntenos el contrato y la documentación mínima, y le ayudamos a garantizar la obligación con agilidad.

Para consultas generales por favor contáctanos en el +34 913 691 258 o rellene el siguiente formulario.